Consideraciones generales:
Debe contar con firma digital para realizar el trámite.
REQUISITOS PARA HACER EL TRÁMITE
Cualquier persona capaz podrá solicitar servicios y realizar trámites a nombre del propietario, mediante autorización otorgada de conformidad con el artículo 283, de la Ley General de Administración Pública o poder especial, general o generalísimo.
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